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Reseña Conferencia La Tarjeta de Alfonso XII para el Interior de la Nación II parte. José Manuel Rodríguez. 25/03/2012

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El 25 de marzo de 2012, después de la Junta General de Socios, se celebró dentro del Ciclo de Conferencias y Tertulias de la Sociedad Filatélica de Madrid, la conferencia titulada “La Tarjeta de Alfonso XII para el Interior de la Nación II parte” que fue una continuación de la Conferencia “La Tarjeta de Alfonso XII” impartida el 22/01/2012., que por la extensión del tema y por la aceptación de la misma se decidió continuarla.(aqui esta el enlace de la reseña de la primera parte)


La conferencia fue impartida por José Manuel Rodríguez Gutiérrez, presidente de la Sociedad Filatélica de Madrid (SOFIMA), Académico de Número de la Real Academia de Filatelia y Jurado FIP de enteros postales (Team Leader).


José Manuel además de hacer un breve resumen de la primera parte de la conferencia se centro en la incidencia del impuesto de guerra en las tarjetas postales. En un país inmerso en la tercera guerra carlista y un déficit que, el 28 de febrero de 1873, alcanza los 428,6 millones de pesetas, cantidad superior a la riqueza tributaria española. Ante esta situación el gobierno determina, según decreto de 2 de octubre de 1873 la creación de un impuesto transitorio de guerra con el fin único de sanear la maltrecha economía, ordenando la impresión de sellos de 5 y 10 cts destinados a “… todas las cartas o pliegos que circulen en la Península e islas adyacentes, así como las que se dirijan a las provincias españolas de Ultramar por medio de los buques – correo españoles…” (Artículo 3).

En un principio en las tarjetas no se ponía el impuesto, ya que con las disposiciones de 22 de noviembre y 15 de diciembre de 1873, se eximía  del impuesto al correo interior y postales respectivamente, aunque mostró algunos ejemplares circulados con el impuesto. Pero a partir de 21/07/1876 se obliga a poner el impuesto en las tarjetas.

La circular de 28 de agosto de 1877 incrementando las tarifas del impuesto a 15 y 50 cts. para cartas ordinarias y certificados y la última la circular de 27 de febrero de 1879, por la que se suprimen  los sellos, aunque no el impuesto por lo que se continua pagando la tasa en sellos ordinarios.

Posteriormente fue centrándose en otros aspectos de estas tarjetas. Estas tarjetas primero circularon en Madrid y luego circularon en otras provincias españolas. Tradicionalmente se pensaba que el primer día de circulación fue el 28/08/1875 pero mostró un ejemplar circulado el 26/08/1875. Para el resto de España circularía desde el 15/10/1875 pero existe una circulada desde el 14/10/1875 pero el que la circulara podía haberla traído desde Madrid.

También realizó un estudio de los distintos matasellos  y de los distintos tipos y subtipos de la tarjeta y los distintos errores.

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